¿Quién me visitará?
Llegará a tu establecimiento una persona entrevistadora del INEGI.
Esta persona tendrá:
Podrás verificar su identidad en la página del INEGI y por teléfono.
¿Cuándo me visitarán?
¿Quién debe contestar los cuestionarios de los Censos Económicos?
Quien conozca la información de la empresa o negocio, como puede ser: la persona contadora, gerente, administradora, dueña o directora.
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Preguntas frecuentes
1. Sí, es obligatorio proporcionar la información solicitada por el INEGI, de acuerdo con lo establecido en el artículo 45 de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica (LSNIEG) de México: "Las personas físicas o morales que residan en el país, así como los residentes en el extranjero que realicen actividades económicas en el territorio nacional, estarán obligados a proporcionar, con los requisitos de verdad, precisión, exhaustividad y oportunidad, la información estadística y geográfica que le sean requeridos con fines censales, de encuesta o para la generación de otros tipos de informes y estadísticas básicas".
Conforme a las disposiciones del Artículo 38, párrafo primero, de la LSNIEG en vigor. "Los datos e informes que los Informantes del Sistema proporcionen para fines estadísticos y que provengan de registros administrativos, serán manejados observando los principios de confidencialidad y reserva, por lo que no podrán divulgarse en ningún caso en forma nominativa o individualizada, ni harán prueba ante autoridad judicial o administrativa, incluyendo la fiscal, en juicio o fuera de él".
La información que proporcione al INEGI no puede ser consultada o utilizada por ninguna otra entidad o persona, incluyendo el gobierno de manera específica. Lo que el INEGI publica son datos agregados, es decir, no hay manera de identificar información a nivel individual o empresarial, de acuerdo con lo establecido en el artículo 37 de la LSNIEG: "La información que se proporcione a las unidades del Sistema Nacional con fines estadísticos y geográficos, será estrictamente confidencial y bajo ninguna circunstancia podrá usarse para otro fin".
Se darán a conocer los resultados oportunos en enero de 2025 y los definitivos en julio de 2025.
La información estará disponible al público en el portal electrónico del INEGI.
Sí, en la página del Instituto se incorporará un sistema para que todos los establecimientos que así lo requieran puedan hacerlo.
El periodo de referencia será del 1 de enero al 31 de diciembre de 2023. En temáticas específicas se solicitará una fecha determinada, por ejemplo, en las existencias o inventarios la información corresponde al 1 de enero de 2023, y para los activos fijos al 31 de diciembre de 2023.